BASES DEL CONCURSO “DESAFÍO CHEDDAR”
En Santiago de Chile, a 20 de febrero de 2024, SOPROLE S.A. (“Soprole”), Rol Único Tributario N° 76.101.812- 4, representada por don Carlos Andonie Abugattas, cédula de identidad 10.961.666-4, y don Gustavo Rencoret Mujica, cédula nacional de identidad N° 11.994.919-K, todos domiciliados en Avenida Vitacura N° 4465, comuna de Vitacura, viene en establecer la siguiente modificación de bases de Concurso.
PRIMERO: Antecedentes.
Con fecha 30 de enero de 2024, Soprole estableció las bases (“Bases”) que regulan el concurso denominado “DESAFÍO CHEDDAR” (el “Concurso”). Las Bases fueron protocolizadas ante la Notario Público de Santiago, doña María Patricia Donoso Gomien, y se encuentran además disponibles en el sitio web www.soprole.cl.
Por el presente instrumento, Soprole vienen en modificar las Bases en el sentido de indicar que el proceso de postulación del concurso terminará el 29 de febrero del 2024, que los 10 videos seleccionados como semifinalistas se subirán al Instagram @soprolefp el día 04 de marzo del 2024 y que la final se realizará el día 12 de marzo del 2024.
El presente instrumento se entenderá formar parte integrante de las Bases para todos los efectos.
SEGUNDO: Modificación.
En consideración a lo señalado en la cláusula primera precedente, se realizan las siguientes modificaciones:
UNO) Se modifica el tercer párrafo del artículo Primero de las Bases, reemplazándolo por el siguiente:
“Se anunciará al ganador el día 13 de marzo del 2024 a través de la cuenta de Instagram de Soprole Food Professionals @soprolefp”.
DOS) Se modifica el séptimo punto del artículo Segundo de las Bases, reemplazándolo por el siguiente:
“Los pasos señalados precedentemente deben estar completados, desde las 00:00 horas del día 30 de enero hasta las 23:59 horas del día 29 de febrero de 2024.”
TRES) Se modifican los puntos diez y once del artículo Segundo de las Bases, reemplazándolos por los siguientes, respectivamente:
“10. Los videos de los 10 semifinalistas se subirán a la cuenta de Instagram @soprolefp el día 04 de marzo del 2024 y los 3 videos que obtengan más likes pasarán a la final.”
“11. El periodo para dar like a los videos de los semifinalistas es desde el 04 de marzo de 2024 a las 00:00 horas hasta las 23:59 hrs del 06 de marzo del 2024.”
CUATRO) Se modifica el punto cuatro del artículo Tercero de las Bases, reemplazándolo por el siguiente:
“4. Los premios serán entregados el día 12 de marzo del 2024 en la final del concurso a realizarse en las oficinas de Soprole.”
CINCO) Se modifica el primer párrafo del artículo Cuarto de las Bases, reemplazándolo por el siguiente:
“Los tres participantes que resulten seleccionados como finalistas, según lo señalado en el artículo Segundo, participarán en la final del Concurso, que se realizará el 12 de marzo de 2024, a las 12:00 hrs en Av. Vitacura 4465, Vitacura.”
SEIS) Se modifica el primer punto del artículo Quinto de las Bases, reemplazándolo por el siguiente:
“1. Los premios serán entregados al ganador el día 12 de marzo del 2024 al momento de indicar quién se lleva el primer lugar.”
SIETE) Se modifica el primer punto del artículo Sexto de las Bases, reemplazándolo por el siguiente:
“1. El Concurso estará vigente desde el 30 de enero del 2024 hasta el 12 de marzo del 2024, en consideración a las etapas y distintas fechas establecidas previamente en estas Bases.”
TERCERO: Constancia.
En todo lo no modificado por el presente instrumento, permanecen plenamente vigente las Bases.
CONCURSO “DESAFÍO CHEDDAR”
En Santiago de Chile, a 30 de enero de 2024, SOPROLE S.A., rol único tributario No 76.101.812- 4, en adelante “Soprole”, representada por Carlos Andonie Abugattas, cédula de identidad 10.961.666- 4, y por Gustavo Rencoret Mujica, cédula de identidad 11.994.919-k; todos con domicilioen Avenida Vitacura N° 4465, comuna de Vitacura, establece las siguientes bases (las “Bases”) que regularán el concurso denominado “Desafío Cheddar” (el “Concurso”).
Estas Bases serán protocolizadas ante la Notario Público de Santiago, doña Maria Patricia Donoso Gomien, domiciliada en Orrego Luco 0153, comuna de Providencia, y estarán disponibles, además, en la página www.soprole.cl (la “Página Web”).
ARTÍCULO PRIMERO: Descripción del Concurso.-
Podrán participar del Concurso todas las personas naturales mayores de edad y residentes legales en el territorio de la República de Chile, que cumplan con los requisitos indicados en el artículo Segundo de estas Bases.
El Concurso consistirá en la entrega de los premios que se establece en el artículo tercero de estas Bases al participante que resulte ganador del primer lugar, luego de haber cumplido con las condiciones de participación que se establece en el artículo siguiente y haber sido seleccionado como ganador
Se anunciará al ganador el día 12 de marzo del 2024 a través de la cuenta de Instagram de Soprole Food Professionals @soprolefp.
ARTÍCULO SEGUNDO: Condiciones de participación en fase preliminar.-
Para participar en el Concurso, los interesados deben realizar las siguientes acciones a través de Instagram y la página web oficial del concurso https://retocomidarapida.cl/ .
Seguir la cuenta de Instagram de Soprole Food Professionals.
El día 30 de enero del 2024 se efectuará una publicación e historia en la cuenta de
Instagram de Soprole Food Professionals llamando a participar en el Concurso.
Quienes quieran participar deben grabar un video con duración máxima de 90
segundos explicando:
3.1 Los siguientes antecedentes personales: nombre, apellidos, edad, comuna de residencia
y ciudad, y lugar de trabajo actual.
3.2 Trayectoria en el mundo de la sanguchería o hamburguesería.
3.3 Historia personal ligada a los sándwich o hamburguesas.
3.4 Motivación para participar en el Concurso.
3.5 Armar el sándwich o hamburguesa que quieren mostrar.
Los videos que duren más de 90 segundos serán descartados del Concurso.
Deben publicar el video a través de un post y/o reel en la cuenta personal o de su negocio en Instagram, mencionando a la cuenta en Instagram @soprolefp y usando el hashtag
#DesafíoCheddar. Es requisito tener la cuenta pública.
Después de haber publicado el video, deberán llenar el formulario de inscripción que se
encuentra en la página web oficial del concurso https://retocomidarapida.cl/
Los pasos señalados precedentemente deben estar completados, desde las 00:00 horas del
día 30 de enero hasta las 23:59 horas del día 19 de febrero de 2024.
Los concursantes que realicen cada paso en el sentido señalado, estarán participando por
uno de los 10 cupos de la semifinal del Concurso.
Al término del plazo indicado, un jurado compuesto por 2 chefs expertos y 3 integrantes
del equipo de Marketing de Soprole Food Professionals seleccionarán las 10 (diez) preparaciones más innovadoras, quienes serán los 10 (diez) semifinialistas, según los videos subidos, en base a los siguientes criterios:
9.1. Que sea dueño o trabaje en un local de comida rápida o food truck. Este Criterio se evalúa por cumplimiento. El no cumplimiento equivale a puntaje 1 y el cumplimiento equivale a puntaje 5.
9.2. Utilización de Queso Cheddar Soprole Food Professionals. También se pueden utilizar otros quesos Soprole como extra pero la utilización de Queso Cheddar Soprole Food Professionals es obligatoria. Este Criterio se evalúa por cumplimiento. El no cumplimiento equivale a puntaje 1 y el cumplimiento equivale a puntaje 5.
9.3. Solo se pueden utilizar Quesos Soprole o Soprole Food Professionals
9.4. Técnica de preparación. Este criterio tendrá un puntaje del 1 al 5. Siendo 1 el puntaje más bajo y 5 el puntaje más alto.
9.5. Innovación en su preparación. Este criterio tendrá un puntaje del 1 al 5. Siendo 1 el puntaje más bajo y 5 el puntaje más alto.
Los videos de los 10 semifinalistas se subirán a la cuenta de Instagram @soprolefp el día 20 de febrero del 2024 y los 3 videos que obtengan más likes pasarán a la final.
El periodo para dar like a los videos de los semifinalistas es desde el 20 de febrero a las 00:00 horas del 2024 a las 00:00 hrs del 28 de febrero del 2024.
Cada persona será considerada participante por una sola vez, y en la primera oportunidad, aun cuando lleve a cabo los pasos más de una vez, sea en una misma cuenta de Instagram o en cuentas distintas.
ARTÍCULO TERCERO: Premios.-
El Concurso contempla la entrega de un premio para quien obtenga el primer lugar del concurso.
El premio del Concurso corresponde a lo siguiente: una (1) Plancha churrasquera eléctrica de 55 x 35cm marca ProChef, una (1) Smasher de hamburguesa de hierro de 12 cm de diámetro, marca Profesor Klocker, una (1) espátula de hamburguesa de 30cm marca Winco, una (1)
prensa formadora de hamburguesas marca Wayu y diez (10) unidades Queso Cheddar Soprole Food Professionals, lo cual corresponde a 840 láminas de queso.
3. Por causas ajenas al control de Soprole, éste podrá sustituir cualquiera de los premios indicados anteriormente, por otro de similar calidad y valor, informando previa y adecuadamente al respectivo ganador.
4. Los premios serán entregados el día 07 de marzo del 2024 en la final del concurso a realizarse en las oficinas de Soprole.
ARTÍCULO CUARTO: Selección de ganadores.-
Los tres participantes que resulten seleccionados como finalistas, según lo señalado en el artículo Segundo, participarán en la final del Concurso, que se realizará el 07 de marzo de 2024, a las 12:00 hrs en Av. Vitacura 4465, Vitacura.
En la final los participantes deberán preparar su sándwich o hamburguesa utilizando el Queso Cheddar Soprole Food Professionals. En la cocina que tendrán disponible contarán con:
– Plancha churrasquera
– Horno
– Freidora
– Aceite
– Queso Cheddar Soprole Food Professionals
– Queso Camembert Soprole
– Queso Brie Soprole
– Queso Azul Soprole
– Papas naturales peladas
Los finalistas deberán traer:
– Pan
– Proteína para realizar en la plancha (hamburguesa, carne, vegetariana, etc)
– Toppings. Deben traer su mise en place lista.
– Plato para montar su preparación
– Acompañamiento para su preparación
– Otros ingredientes que consideren necesarios.
Cada finalista podrá realizar y presentar dos (2) hamburguesas o sándwich con su acompañamiento.
– Los finalistas deberán exhibir sus preparaciones para que sean evaluadas por el jurado. La evaluación estará a cargo de un jurado de 3 miembros, compuesto por chefs y especialistas en comida rápida, quienes buscarán premiar el sándwich o la hamburguesa más innovadora con Queso Cheddar Soprole Food Professionals. Los criterios de evaluación consisten en lo siguiente:
– Orden y limpieza
– Proceso
– Creatividad.
– Tiempo
– Sabor
Cada criterio se evaluará del 1 al 5, siendo el 1 el puntaje más bajo y 5 el puntaje más alto. El tiempo es el único criterio que se mide en base a cumplimiento y no cumplimiento, debiendo cumplir con 20 minutos como máximo para terminar sus preparaciones.
De acuerdo a lo anterior, el jurado seleccionará al ganador del Concurso, que tendrá derecho al premio indicado en la cláusula cuarta.
Quienes, habiendo sido seleccionados para ello, no se presenten a la final en el día y hora correspondiente, serán descalificados del Concurso, sin ulterior responsabilidadpara Soprole.
El día de la final los finalistas pueden asistir con un (1) ayudante y además cada finalista contará con un (1) estacionamiento disponible.
ARTÍCULO QUINTO: Entrega del Premio.-
Los premios serán entregados al ganador el día 07 de marzo del 2024 al momento de indicar quién se lleva el primer lugar.
Si se comprueba que el ganador no ha cumplido con los requisitos establecidos en estas Bases, se extinguirán las obligaciones que a Soprole le correspondiere en cuanto a la entrega del premio y podrá declarar desierto el Concurso.
ARTÍCULO SEXTO: Vigencia y extensión territorial.-
El Concurso estará vigente desde el 30 de enero del 2024 hasta el 07 de marzo del 2024, en consideración a las etapas y distintas fechas establecidas previamente en estas Bases.
El Concurso solo será válido dentro del territorio de la República de Chile.
Soprole se reserva el derecho de poner término anticipado al Concurso por motivos de fuerza mayor o que escapen de su control razonable, lo que será comunicado oportunamente en la Página Web.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Restricciones.-
El ganador no podrá exigir su premio en dinero.
Todo gasto en que incurran los participantes con ocasión de su participación, y con ocasión del cobro y uso del premio, serán de cargo de aquellos. Respecto de los productos no fabricados, importados o distribuidos directamente por Soprole que
hacen parte del premio, cualquier reclamo o consulta con respecto al premio deberá dirigirse directamente a quien fabrica, importa o distribuye el respectivo producto.
Soprole no se hace responsable del uso del premio ni del funcionamiento del mismo. El ganador será el único responsable por el uso y disfrute del premio desde el momento mismo en que lo recibe.
No podrán participar en este Concurso, ni tener acceso a cobrar premios en el mismo, los trabajadores de Soprole y de sus empresas relacionadas, o los intervinientes en forma directa o indirecta en la organización o puesta en marcha de este Concurso. Esta exclusión no aplica a los familiares directos de las personas mencionadas en este párrafo.
ARTÍCULO OCTAVO: Contenido.-
1. Se excluirán de este Concurso los participantes cuyas publicaciones efectuadas en relación al mismo, infrinjan leyes o normativas vigentes, o atenten contra la moralidad, o vulneren derechos de propiedad intelectual o derechos de uso de imagen de terceros.
2. El contenido publicado por los participantes en sus cuentas de Instagram será de exclusiva responsabilidad de los mismos. Los participantes sólo podrán subir y compartir contenido de su exclusiva autoría, o, en caso contrario, deberán obtener los permisos y autorizaciones de la o las personas que detentan la autoría del contenido, siendo de su cargo el pago o las gestiones que se requieran por dicho uso. Soprole no tendrá responsabilidad alguna por los contenidos publicados por los participantes. En consecuencia, los participantes deberán mantener indemne a Soprole y a sus personas relacionadas, de cualquier reclamo o acción, sea ésta judicial, extrajudicial o administrativa, que sea interpuesto o ejercida contra Soprole por los hechos mencionados, o en las que éstos puedan resultar afectados.
ARTÍCULO NOVENO: Autorizaciones.-
Los concursantes que faciliten sus datos personales con ocasión de su participación en el Concurso, consienten inequívocamente en la incorporación de los mismos en una base de datos de la que será responsable Soprole. Asimismo, los concursantes autorizan a Soprole a utilizar dichos datos para informar novedades de nuevos productos, promociones o servicios que podrían ser de utilidad e interés y para mejorar la relación de Soprole como proveedor, y el concursante como cliente.
Los participantes otorgan su consentimiento para que su identidad sea divulgada y para que el contenido que publiquen en sus cuentas de Instagram, su voz, las imágenes filmadas y las fotografías tomadas con ocasión de este Concurso (incluyendo, pero no limitado a, la entrega de premios) sean exhibidas por Soprole, por cualquier medio de comunicación, incluyendo medios de comunicación masiva tales como internet, televisión, radio, prensa, o a nivel de puntos de venta, o en la forma y para los fines publicitarios que Soprole estime conveniente.
ARTÍCULO DÉCIMO: Responsabilidades sobre medios tecnológicos.
Soprole no será responsable en modo alguno de cualquier interrupción, corte y/o deficiencia que pudiere impedir o dificultar a los participantes el acceso y/o navegación por Internet o Instagram, incluyendo deficiencia en los servidores, así como cualquier otra situación de este tipo.
ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO: Modificaciones de las Bases, aceptación.
Soprole se reserva el derecho de modificar las presentes Bases debido a eventos de caso fortuito o fuerza mayor, sin que la modificación implique discriminación arbitraria, menoscabo en las condiciones de la participación de los participantes o alterar su esencia, para lo cual deberá comunicar las modificaciones a través de la Página Web.
Se entenderá que todas las personas que directa o indirectamente toman parte como concursantes o en cualquier otra forma en el presente Concurso, han conocido y aceptado íntegramente estas Bases.
ARTÍCULO DÉCIMO SEGUNDO: Solución de conflictos.-
En caso de suscitarse cualquier dificultad relacionada con la interpretación, aplicación, cumplimiento, incumplimiento, terminación o cualquier otro aspecto relativo a las presentes Bases, ésta será resuelta por los tribunales ordinarios de justicia de la República de Chile.
ARTÍCULO DÉCIMO TERCERO: Constancia.-
El presente Concurso no está patrocinado ni administrado con Instagram, la que, a mayor abundamiento, no tiene participación alguna en el mismo.
ARTÍCULO DÉCIMO CUARTO: Personería.-
La personería de los representantes de Soprole consta de escritura pública de fecha 24 de enero de 2020, otorgada en la Notaría de Santiago de doña Margarita Moreno Zamorano.
Carlos Andonie A. Gustavo Rencoret M.
p.p. Soprole S.A. p.p. Soprole S.A.